(1996) Perú. Ministerio Nacional de Agricultura. El Instituto Nacional de Recursos Naturales
Dentro de la clasificación de humedales propuesta por la Convención RAMSAR, los cuerpos de agua y las áreas de influencia de la ZRPV pertenecen a un humedal costero de los Tipos 8 (pantanos intermareales) y 10 (lagunas salinas con una o más conexiones con el mar). De acuerdo con los criterios de clasificación del CDC-UNALM, la ZRPV es una comunidad lacustre salobre-humedal emergente persistente, reconocido comúnmente como laguna costera salobre con totoral.